Auxilio Judicial · Organización del Estado y de la Justicia
Los Cuerpos Generales (I): funciones, acceso, derechos, deberes, jornada y permisos
- Diferenciar las funciones procesales y los requisitos de titulación de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.
- Analizar los sistemas de acceso, las reglas de la promoción interna y los trámites de adquisición o pérdida de la condición de funcionario.
- Revisar el régimen de derechos, deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables a estos cuerpos en la oficina judicial.
- Calcular los plazos de jornada, horarios, vacaciones, permisos y licencias por enfermedad con arreglo a la normativa.
Funciones y cometidos de los Cuerpos Generales
Debes saber que los Cuerpos Generales se clasifican así cuando su cometido consiste esencialmente en tareas procesales, sin perjuicio de las funciones administrativas vinculadas, según establece el art. 475.a LOPJ. Dentro de esta estructura, el Cuerpo de Gestión Procesal colabora en la actividad procesal de nivel superior y efectúa tareas procesales propias bajo el principio de jerarquía conforme al art. 476.1 LOPJ. Además, sus miembros pueden ser nombrados LAJ sustitutos si cumplen la titulación y demás requisitos previstos por el art. 476.2 LOPJ.
Fíjate en las tareas concretas de Gestión Procesal recogidas en el art. 476.1 LOPJ. Gestiona la tramitación procesal dando cuenta al LAJ, en especial si exige interpretación legal, e informando al juez cuando le sea requerido según el art. 476.1.a LOPJ. Practica y firma comparecencias de partes con capacidad de certificación conforme al art. 476.1.b LOPJ, documenta embargos y lanzamientos como agente de la autoridad según el art. 476.1.c LOPJ, extiende notas de referencia, resumen o trámite bajo el art. 476.1.d LOPJ, expide copias simples con conocimiento del LAJ bajo el art. 476.1.f LOPJ y desempeña la secretaría de Oficinas de Justicia en municipios según la RPT por el art. 476.1.i LOPJ.
Por su parte, el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa realiza actividades de apoyo a la gestión procesal bajo jerarquía y según la RPT, conforme al art. 477 LOPJ. Realiza la tramitación general mediante medios ofimáticos, confeccionando documentos, actas, diligencias, notificaciones y copias bajo el art. 477.a LOPJ. Registra y clasifica la correspondencia judicial según el art. 477.b LOPJ, forma autos y expedientes bajo supervisión del superior por el art. 477.c LOPJ y confecciona cédulas para actos de comunicación procesales conforme al art. 477.d LOPJ.
El Cuerpo de Auxilio Judicial efectúa tareas de auxilio a la actividad de los órganos judiciales bajo jerarquía y según las RPT bajo el art. 478 LOPJ. Practica actos de comunicación con capacidad de certificación y credenciales según el art. 478.a LOPJ. Como agente de la autoridad, ejecuta embargos y lanzamientos por el art. 478.b LOPJ y actúa como Policía Judicial sin perjuicio de las FFCCSE bajo el art. 478.c LOPJ. Además, archiva autos bajo supervisión del LAJ según el art. 478.d LOPJ, cuida las salas de vistas por el art. 478.e LOPJ y comprueba medios técnicos comunicando anomalías al LAJ según el art. 478.f LOPJ.
| Cuerpo | Titulación de acceso | Tareas representativas según la LOPJ | Condición de agente de la autoridad |
|---|---|---|---|
| Gestión Procesal y Administrativa | Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente (art. 475.a LOPJ) | Gestión procesal cualificada, firma de comparecencias, expedición de copias simples y secretaría de Oficinas de Justicia (art. 476.1 LOPJ) | Ostenta esta consideración al documentar embargos y lanzamientos (art. 476.1.c LOPJ) |
| Tramitación Procesal y Administrativa | Bachiller o equivalente (art. 475.a LOPJ) | Apoyo a la gestión, confección ofimática de documentos y actas, registro de correspondencia y formación de autos (art. 477 LOPJ) | No ostenta de forma ordinaria dicha consideración en sus tareas típicas |
| Auxilio Judicial | Graduado en ESO o equivalente (art. 475.a LOPJ) | Práctica de actos de comunicación, archivo de autos, orden de salas de vistas y comprobación de medios técnicos (art. 478 LOPJ) | Sí, en ejecución de embargos y lanzamientos y al actuar como Policía Judicial (art. 478.b y c LOPJ) |
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